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¿Tres días libres para cuidar a tu mascota? Esto propone una nueva ley

La iniciativa contempla permisos con goce de sueldo para atender emergencias veterinarias, tanto en empleos públicos como privados.

Si tu perro o gato se enferma de gravedad, podrías tener hasta tres días de permiso laboral con goce de sueldo para cuidarlo. Esto plantea una iniciativa presentada por la senadora de Morena, Blanca Judith Díaz Delgado, que busca modificar las leyes laborales en México.


La propuesta contempla reformar la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para que empleados del sector público y privado puedan ausentarse hasta tres días al año sin perder su salario.

Sin embargo, el beneficio no aplicaría para cualquier visita al veterinario, sino para situaciones que requieran cuidados médicos indispensables, como enfermedades graves, accidentes, cirugías o tratamientos especiales.

Para justificar la ausencia, los trabajadores tendrían que presentar una constancia expedida por un médico veterinario con cédula profesional.

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¿Por qué buscan dar permisos para cuidar mascotas?

La legisladora argumenta que actualmente muchas personas deben utilizar sus vacaciones, solicitar días sin sueldo o arriesgarse a recibir descuentos salariales cuando sus animales de compañía enfrentan una emergencia.

Además, señala que las mascotas se han convertido en integrantes importantes de las familias mexicanas, por lo que atender su salud también representa una responsabilidad.

Como parte de sus argumentos, la iniciativa retoma datos de la Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado 2021, que señala que cerca del 70% de los hogares mexicanos tiene al menos una mascota.

¿Cuándo entraría en vigor?

Por ahora, el permiso laboral para cuidar mascotas no es un derecho establecido en la legislación federal, pues la iniciativa todavía requiere completar el proceso legislativo.

Para convertirse en ley, deberá obtener la aprobación correspondiente del Congreso y cumplir con el procedimiento constitucional para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cintillo Subrayado


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