
La prisión preventiva que Jesús Murillo Karam, exprocurador general de la República, cumplía en su residencia fue cancelada. Edmundo Manuel Perusquia Cabañas, juez de control del Centro de Justicia Penal en el Reclusorio Norte, determinó cesar esta medida cautelar al estimar que la prolongación del proceso obedecía al trámite de amparos en revisión y no a conductas atribuibles al exfuncionario.
El tribunal revisó la medida tras constatar que el procedimiento se extendía por más de dos años. La jurisprudencia de la Suprema Corte desde 2022 obliga a revisar la prisión domiciliaria en estos casos.
¿Qué restricciones sustituyen al arresto domiciliario?
En sustitución de la privación de libertad en su domicilio, el juzgador impuso resguardo domiciliario, colocación de brazalete electrónico y prohibiciones de salir de la Ciudad de México, acercarse a las víctimas o reunirse con personas distintas a sus familiares.
La defensa presentó que el estado de salud de Murillo Karam requiere atención médica permanente. Esta circunstancia motivó la revisión de la medida cautelar.
Delitos que enfrenta
Murillo Karam enfrenta dos procesos penales por el caso Ayotzinapa. En el presente caso ante el Reclusorio Norte, la Fiscalía lo vincula con los delitos de tortura, desaparición forzada y coalición de servidores públicos.
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La autoridad lo señala como artífice del montaje llamado “verdad histórica”. Supuestamente ordenó alterar y manipular evidencias y desvió líneas de investigación. Estas acciones contribuyeron a ocultar el paradero de los 43 estudiantes desaparecidos el 26 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
Segundo proceso penal
En el segundo proceso, que tramita en el Reclusorio Sur, enfrenta los mismos delitos por vejaciones cometidas contra Felipe Rodríguez Salgado, alias “El Cepillo”, presunto integrante de Guerreros Unidos. En ese expediente continúa sujeto a prisión domiciliaria.
Fue detenido el 19 de agosto de 2022 en su domicilio en Lomas de Chapultepec. El 13 de abril de 2024 obtuvo la prisión domiciliaria en los dos procesos que enfrenta. Con la resolución del 23 de julio, la medida quedó sin efecto en uno de ellos.
Efectos de la modificación
Esta modificación le permite enfrentar el proceso bajo condiciones distintas. Dejó de estar sujeto a vigilancia permanente de integrantes de la Guardia Nacional en su residencia. El monitoreo será esporádico y no requiere autorización cada vez que acuda a revisiones médicas.
Mauricio Pazarán Álvarez, titular de la Unidad de Investigación y Litigación para el Caso Ayotzinapa, asistió a la audiencia junto con asesores de la Comisión de Atención a Víctimas y del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez.
ARIEL HERNÁNDEZ
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