
Mañana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinará el futuro legal de Mario Aburto Martínez, quien se declaró culpable del asesinato de Luis Donaldo Colosio, candidato a la presidencia de México. La decisión se tomará en torno a dos amparos, y se analizarán los casos 947/2025 y 929/2025 en el pleno.
Ambos casos se enumeran para su discusión a solicitud del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y la Fiscalía General de la República (FGR). El asunto 929/2025 involucra una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción hecha por la FGR, para tomar conocimiento del juicio de amparo directo 104/2021 procedente del mismo tribunal.
La decisión afectará la condena de Aburto, quien enfrenta una sentencia de 45 años en prisión tras su condena por el homicidio de Colosio, ocurrido el 23 de marzo de 1994 en Lomas Taurinas, Baja California. Durante un mitin del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Aburto fue encontrado culpable y sentenciado con base en el Código Penal Federal.
Conforme a los listados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la atracción del amparo proviene de una petición de la FGR realizada el 9 de diciembre de 2025. La notificación señala, “Se adjunta el acuerdo emitido el quince de diciembre de la pasada anualidad, por el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de cuyo contenido se advierte que admitió a trámite la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 947/2025”.
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El Ministerio Público argumentó su interés en que la SCJN examine el asunto “por la trascendencia que reviste para el Estado mexicano, toda vez que se analice una cuestión de competencia jurisdiccional”, según se indica en los documentos oficiales.
El Tribunal Colegiado que presentó la atracción ya había emitido una sentencia en octubre de 2023 a favor de Aburto. En esa ocasión, determinó que su proceso debió regirse por el Código Penal de Baja California de 1994, que establecía una pena máxima de 30 años por homicidio calificado, lo que contrasta con los 45 años impuestos bajo el Código Penal Federal.
Mientras el caso se sube al pleno de la Corte, se ordenó suspender cualquier trámite. “El Ministro Presidente del Alto Tribunal de Justicia ordenó suspender el dictado de la sentencia en este asunto, hasta en tanto el Tribunal Pleno resuelva lo conducente en relación a la Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 929/2025”.
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