¿Prisión por vapear? Así quedó la reforma contra vapeadores

La reforma anti-vape avanzó entre correcciones, reclamos y confusiones. Aunque dicen que no van contra consumidores, la redacción dejó varias dudas.

¿Neta puedes acabar en la cárcel por tener un vapeador?, pues esa fue la pregunta que encendió el debate en el Congreso y que, por ratos, parecía más capítulo de “La Rosa de Guadalupe” que discusión legislativa, y es que todo surgió porque el Senado aprobó una reforma que le pone un candado enorme a los vapeadores: adiós fabricación, adiós distribución, adiós publicidad y ojo, con multas que superan los 200 mil pesos y penas que van de 1 a 8 años de prisión. Sí, suena fuerte.


La iniciativa viene desde septiembre de 2025 y fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum. El objetivo es reformar la Ley General de Salud para desaparecer del mapa cigarrillos electrónicos, vapeadores y cualquier dispositivo similar, junto con sustancias tóxicas y drogas sintéticas como el fentanilo. Todo bajo la bandera de “proteger la salud”.

Hasta ahí, la lógica parecía clara: ir contra quienes fabrican y venden. Pero el drama comenzó con el famoso Artículo 282 Quater, que en su versión original prohibía incluso la adquisición y la conservación. O sea, si traías un vape en la mochila, técnicamente estabas en falta. Y aunque los legisladores de Morena juraban que la reforma no iba contra consumidores, el texto decía otra cosa.

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Por eso algunos diputados, como Rubén Moreira, alertaron que esa redacción podía abrir la puerta a detenciones o extorsiones contra cualquier joven con un vape adornando su vida escolar. Y la oposición se les dejó ir duro: carteles, discursos, indirectas directas… de todo hubo.

Al final, la reforma se corrigió (bueno, más o menos). El nuevo Artículo 82 Quarter aclara que la prohibición es únicamente para actividades con fines comerciales: adquisición para comercializar, producción, fabricación, mezclado, almacenamiento, importación, exportación, venta y distribución. En pocas palabras, ya no se criminaliza tener un vape, pero sí cualquier movimiento que implique negocio.

¿Listo? Pues no del todo. Senadores como Carolina Viggiano señalan que aún hay ambigüedades, porque el artículo está repleto de verbos y, en materia penal, los verbos son los que definen el delito. O sea: hay espacio para interpretaciones.

Con todo y las dudas, la minuta ya pasó. Solo falta que la presidenta firme la reforma y aparezca en el Diario Oficial de la Federación, y ahí sí, la nueva era anti vapeadores quedará escrita en piedra.


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