El gobierno federal presentó en Palacio Nacional la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio, acompañada por la titular de la Fiscalía General de la República, Ernestina Godoy, y la secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández.
La propuesta plantea una reforma constitucional al inciso A de la fracción 21 del Artículo 73 para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general que obligue a las fiscalías del país a homologar criterios y protocolos para la atención de muertes violentas de mujeres.
La iniciativa define el tipo penal como la persona que “comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.
El texto propone que la investigación de toda muerte violenta de una mujer se inicie bajo la hipótesis de feminicidio y que la persecución sea de oficio. Ernestina Godoy explicó que la propuesta incluye nueve razones de género para determinar el delito, entre ellas signos de violencia sexual, delitos motivados por estereotipos o prejuicios, antecedentes de violencias contra la víctima y contextos de asimetría de poder.
Puntos centrales
• Tipo penal y alcance constitucional: Reforma al Artículo 73 para crear ley general que prevenga, investigue, sancione y repare el daño por feminicidio; definición legal unificada: “Comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.
• Investigación y persecución: Investigación de oficio; presunción inicial de feminicidio en toda muerte violenta de una mujer; incorporación de perspectiva de género en protocolos.
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Penas, agravantes y medidas procesales
La propuesta establece penas de 40 a 70 años de prisión para el delito de feminicidio y sanciona la tentativa con una pena proporcional. Se prevé una multa en Unidades de Medida y Actualización. La iniciativa incorpora 21 agravantes que permiten aumentar la pena, entre ellas si la víctima es niña, adolescente o adulta mayor; si está embarazada o vive con discapacidad; si es periodista, defensora de derechos humanos o migrante; o si el delito incluye violencia con ácido o sustancias inflamables.
Puntos centrales
• Penas y consecuencias: Penas de 40 a 70 años; multa en UMA; tentativa sancionada.
• Agravantes: 21 agravantes que aumentan la pena, incluyendo edad, embarazo, discapacidad, condición laboral o social de la víctima y métodos de violencia.
• Medidas adicionales: Pérdida de derechos sucesorios; pérdida de tutela, curatela, guarda y custodia; pérdida de patria potestad; destitución e inhabilitación para cargo público.
• Imprescriptibilidad y prohibiciones procesales: Delito, sanción y reparación del daño imprescriptibles; prohibición de criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada y amnistías aplicables al delito.
La iniciativa incluye disposiciones de reparación integral para víctimas y familias y mecanismos para generar políticas públicas de prevención. La FGR anunció la elaboración de un Protocolo Nacional Homologado para la Investigación del Delito de feminicidio. La jefatura del Ejecutivo informó que enviará la iniciativa al Senado para su discusión y posible aprobación.

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