FGR apelará sentencia que beneficia a Mario Aburto

La sentencia a inicios de octubre indica emitir una nueva condena a la anterior, la cual era de 45 años de encarcelamiento.

La Fiscalía General de la República (FGR) presentará un recurso de revisión contra la sentencia del pasado 5 de octubre en la que se ordenó eliminar la condena de 45 años de prisión contra Mario Aburto y emitir una nueva en la que se analicen violaciones procesales.

A través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) la FGR informó al Tribunal colegiado que alista el documento para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo analice.

“Por otra parte, agréguese a este expediente la misiva 114/2023, suscrita por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este órgano jurisdiccional, por la que hace del conocimiento que derivado del acuerdo emitido el diez de los actuales, en el que se otorgó a la autoridad responsable Primer Tribunal Colegiado de Apelación de este Circuito, el término de diez días hábiles, para que dé cumplimiento al fallo de amparo, informa que ‘está formulando Recurso de Revisión para presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de la sentencia dictada en la sesión de fecha cinco de octubre de 2023.’ (sic), de lo que se toma conocimiento.

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A principios de mes, el Primer Tribunal Colegiado del Estado de México anuló la sentencia de 45 años ordenada en diciembre de 1994 contra Mario Aburto por el homicidio del entonces candidato a la Presidencia de México, Luis Donaldo Colosio.

Luis Donaldo Colosio, perteneciente al Partido de la Revolución Institucional (PRI), lo asesinaron el 23 de marzo de 1994 en la colonia Lomas Taurinas, Tijuana, Baja California. El gobierno federal culpó a Mario Aburto del crimen por lo que lo sentenciaron el 22 de diciembre de 1994 a 45 años en prisión por el asesinato.

La sentencia que apelará la FGR es contra el fallo del Tribunal Colegiado, el cual determinó dejar insubsistente la sentencia de 1994 de Mario Aburto. También, emitir otra tomando en consideración violaciones procesales.

“Al actualizarse diversas violaciones procesales, entre ellas que se omitió efectuar la traslación normativa del ilícito de homicidio al fuero estatal; hubo una inadecuada defensa en su vertiente material y el juzgador natural omitió recabar diversas pruebas para mejor proveer”.

ARIEL HERNÁNDEZ

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