NacionalPortada

Corte ordena a SHCP transparentar contratos de Pegasus, software usado para espiar a periodistas

El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador debe transparentar los contratos efectuados por el gobierno federal para la compra del sistema de espionaje Pegasus, con el cual se obtuvo información ilegal de periodistas, defensores de derechos, empresarios, así como funcionarios de gobierno.

Por mayoría de votos (nueve a favor de los 11 posibles), el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instruyó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) hacer públicos los contratos efectuados durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Durante la sesión las ministras, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres, ambas propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador se opusieron a hacer públicos los contratos.

Los contratos se deben hacer públicos a partir de recursos de información solicitados por particulares para transparentar la información relacionada con los contratos. En 2021 la UIF consideró que dar a conocer los contratos daña la seguridad interna del país.

SIGUE LEYENDO: Por tema electoral propuse las 20 reformas: López Obrador

Pegasus, un arma digital para espiar periodistas

A través de Pegasus, un sistema de espionaje israelí se espió a diferentes personas durante el gobierno de Enrique Peña Nieto. Defensores de derechos humanos, así como organizaciones sociales han denunciado el uso de ese equipo en la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La decisión de la SCJN es a partir de la petición hecha por un particular luego de que el ex titular de la Unidad de Inteligencia Financiera Santiago Nieto Castillo, reconociera el 21 de julio de 2021 la existencia de los contratos.

Durante la discusión del proyecto, el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, explicó “hace muy bien en reconocer la contratación de un programa para realizar espionaje contra la población resulta en un caso paradigmático de enorme interés público, pues implica el uso de recursos del estado para vulnerar los derechos humanos de las ciudadanas y los ciudadanos”.

Al ordenar dar a conocer los contratos, los ministros consideraron que:

La clasificación de la información pública depende de su contenido y no del sujeto que la emite o las atribuciones de éste, aun cuando cuente con facultades relacionadas con la seguridad nacional, como es el caso de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

La autoridad recurrente fue omisa en demostrar por qué la divulgación de la información que se solicitó implicaría que se afecten las operaciones de inteligencia y contrainteligencia, ya que se limitó a formular argumentaciones dogmáticas, genéricas y abstractas.

La información solicitada no se genera mediante el ejercicio de facultades de investigación, ni resulta propia o connatural a las operaciones de inteligencia y contrainteligencia que se desarrollan en el marco de la seguridad nacional.

Ariel Hernández

Síguenos en Facebook y suscríbete a nuestro canal de YouTube.

WhatsApp
Back to top button