Tribunal electoral avalará elección presidencial

Proyecto de resolución considera que no hubo injerencia de AMLO

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), perfila avalar la elección presidencial del pasado 2 de junio donde fue electa Claudia Sheinbaum Pardo.

El proyecto de sentencia menciona que no existen pruebas de injerencia del presidente Andrés Manuel López Obrador en el proceso.

Tampoco toma en cuenta las denuncias presentadas por la entonces candidata a la presidencia, Xóchitl Gálvez Ruiz, así como por distintos partidos políticos quienes argumentaron supuestas irregularidades.

“Esta Sala Superior considera infundados los argumentos de la parte actora en los que señalan una intervención sistemática y reiterada del Presidente de la República en el proceso electoral, traduciéndose en un apoyo a la ex candidata Claudia Sheinbaum, y en contra de la ex candidata Xóchitl Gálvez.

Porque si bien existieron expresiones alusivas al mismo, esas referencias deben valorarse en el contexto en el que se produjeron y en las etapas que se encontraban en curso, por lo que no resultan determinantes para el resultado de la elección”.

El documento a analizar por las y los seis magistrados, incluye una revisión a 34 conferencias de prensa del titular del Ejecutivo (1 enero de 2023 a 27 mayo de 2024) en la cuales no existe evidencia de sistematicidad y reiteración por parte de Andrés Manuel López Obrador para influir en el proceso.

De acuerdo con el proyecto de sentencia, elaborado por los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, tampoco existe evidencia de la intervención de sindicatos o estructuras gubernamentales o de la participación del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del presidente de México para promover programas sociales en beneficio de la candidata oficial.

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¿Qué dijeron los magistrados?

“Esta Sala Superior ha considerado que las personas agremiadas pueden mostrar su simpatía o militancia a un partido o candidatura, dado que no se desconocen las afinidades ideológicas que pueden existir entre partidos y sindicatos

Es infundado el planteamiento, ya que el análisis de los treinta y cinco enlaces electrónicos presentados exclusivamente como pruebas sólo revelan indicios de actos que forman parte de las libertades políticas de las personas agremiadas y de los sindicatos, sin que la parte actora haya especificado circunstancias de tiempo, modo y lugar de la supuesta coacción al voto a las personas integrantes del sindicato”.

El proyecto menciona que los argumentos de supuesta entrega de programas sociales durante las campaña, “son infundados e inoperantes los argumentos de nulidad para demostrar el uso indebido de programas sociales

Otro de los temas analizados es la violencia, la cual, según el proyecto, carece de pruebas, por lo cual los elementos aportados se declararon como infundados para ser un motivo para anular la elección.

ARIEL HERNÁNDEZ

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