
Planear qué pasará con lo que hemos construido a lo largo de los años es una muestra de amor y responsabilidad. Muchas personas piensan que estas decisiones solo involucran casas o terrenos, pero el patrimonio es mucho más que ladrillos. Incluye tus ahorros, las joyas de la abuela, las acciones de un negocio, tus derechos de autor e incluso tus perfiles digitales.
En México, tienes dos formas principales de transmitir estos bienes: la donación o el testamento o lo que la ley decida (sin testamento). Cada una funciona de manera distinta y entenderlas te ayudará a evitar problemas legales y gastos excesivos para tus seres queridos.
Donar: se realiza en vida y tiene como beneficio el resolver hoy el que pasara con tus bienes
La donación consiste en entregar la propiedad de un bien de manera gratuita y formal mientras estás vivo. La gran ventaja legal es que, al hacerlo ahora, ese objeto o recurso sale de tu patrimonio y ya no formará parte de un proceso de herencia en el futuro, ahorrando tiempo, dinero y trámites.
Sin embargo, debes recordar que la donación es definitiva. Una vez que entregas el dinero o el bien, dejas de tener poder sobre él. Para bienes como casas, siempre existe el recurso del usufructo vitalicio, que te permite regalar la propiedad pero conservar el derecho de usarla o rentarla hasta que fallezcas.
En el caso de dinero o joyas, lo ideal es formalizar la entrega ante un notario para que no existan dudas sobre el origen de esos recursos ante las autoridades fiscales.
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La herencia: protección total para todo tipo de bienes y sus efectos son para después de la muerte
El testamento es la herramienta más completa porque te permite incluir absolutamente todo lo que posees sin perder el control mientras vivas. A través de este documento, puedes designar quién se quedará con tus cuentas bancarias (siempre que no hayas nombrado beneficiarios directamente en el banco), tus derechos de propiedad intelectual, tus muebles o incluso quién cuidará de tus mascotas.
Lo mejor del testamento es su flexibilidad: si hoy decides dejarle tu colección de libros a un amigo, pero mañana cambias de parecer, puedes modificar el documento sin complicaciones y cuantas veces quieras el ultimo es el que vale.
Tus beneficiarios no tienen ningún derecho sobre tus cosas hasta que tú ya no estés, lo que te da libertad absoluta para vender o gastar tus bienes si llegas a necesitarlos y sin necesidad de avisar.
¿Qué pasa con el SAT y los impuestos?
La buena noticia es que en México, si donas o dejas en herencia los bienes a tus padres, hijos o cónyuge, no tienes que pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). No obstante, toma en cuenta que el proceso no es totalmente gratis. Quien recibe el bien siempre tendrá que pagar los gastos de escrituración y el impuesto local por adquirir una propiedad, que varía dependiendo del estado donde te encuentres.
¡Ojo! para el caso de los donativos a personas que no son familiares en línea recta o cónyuge, pueden librarse de los impuestos, siempre y cuando el total no supere el equivalente a tres veces la unidad de medida y actualización UMA elevada al año. Si los donativos que reciben de manera anual sobrepasan ese límite, deberás pagar el impuesto correspondiente, pero solo por la cantidad que se excedió.
Elegir entre donar o heredar depende de tu momento de vida. Si te sobra capital y quieres ayudar a tu familia ahora, la donación es un gran camino. Si prefieres asegurar tu vejez y mantener el mando de tu patrimonio hasta el último suspiro, el testamento es la opción ganadora. Independientemente del camino que elijas, la clave es la formalidad.
Información proporcionada por nuestros amigos de la Notaría 7 en Actopan, Hidalgo.
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